Era allá por el 2011, un 11 de Mayo cuando El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), entraba en vigor de forma general.
Considerado como el primer instrumento de carácter vinculante en el ámbito europeo en materia de violencia contra la mujer y la violencia doméstica, donde también están las mujeres con discapacidad de pleno derecho.
Contempla como delito todas las formas de violencia contra la mujer: la violencia física, psicológica y sexual, incluida la violación; la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso, el aborto forzado y la esterilización forzada.
Así mismo se reconoce como una violación de los derechos humanos y como una forma de discriminación, considerando responsables a los Estados si no responden de manera adecuada, por lo que esto implica que los Estados deberán introducir en sus sistemas jurídicos estos delitos.